Redacción (ALN).- A partir de ahora, los animales se considerarán “seres sintientes” y como tal tendrán una consideración legal diferente a la de cualquier objeto inanimado. No podrán ser embargados, hipotecados, abandonados, maltratados o apartados de uno de sus dueños en caso de separación o divorcio sin tener en cuenta su bienestar o su protección.
Según refiere El País, la nueva ley del régimen jurídico de los animales obtuvo el jueves un amplio apoyo del Congreso de los Diputados, donde solo Vox se ha opuesto a ella frontalmente. La norma modifica el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil y afecta, como declaración genérica, a todos los animales (de compañía, domésticos, silvestres o salvajes) que han de ser tratados teniendo en cuenta su bienestar y su protección.
Que los animales son seres vivos con capacidad de sentir, dotados de sensibilidad, con unos intereses y derechos que hay que tener en cuenta, ya estaba reconocido en el derecho comunitario e incluso en el Código Penal desde 2003 y en leyes administrativas de las comunidades autónomas. Pero el Código Civil, siendo una norma básica, estaba por detrás, y ahora se introducen cuestiones con las que lidian los abogados en los despachos, que carecían del soporte legal para solucionarlas.