Halen Díaz Marsiccobetre (Goy Gentile/ALN).- Es un hecho innegable que la pandemia generada por el Covid-19 ha causado un gran impacto en el normal desenvolvimiento de las actividades cotidianas de todos los ciudadanos alrededor del mundo y la tramitación de la nacionalidad española por origen sefardí, entre otros muchos, no es la excepción. En este sentido, comentaremos varios de los efectos que produce la actual crisis sanitaria sobre este procedimiento administrativo.
En estos tiempos de coronavirus, lo primero que debemos mencionar es que de conformidad con lo establecido en la normativa que rige esta materia, y más específicamente, en la Instrucción de 29 de septiembre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la aplicación de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, “el desplazamiento a España a los efectos del otorgamiento del acta es, pues, obligatorio”.
Esto en términos prácticos se traduce en que al ser obligatorio el desplazamiento físico del solicitante hasta España, la firma de toda Acta de Notoriedad queda actualmente suspendida, al menos por el tiempo que dure el estado de alarma decretado, no sólo por la situación de cuarentena existente en España y en prácticamente todos los países del mundo, sino por las restricciones de vuelos desde y hacia este país europeo.
Como consecuencia de lo anterior, también es importante ratificar que no está prevista la posibilidad de firmar el Acta de Notoriedad en sedes Consulares de España en los distintos países del mundo o mediante poder.
De igual manera, y referido también a la firma del Acta de Notoriedad, es importante indicar que los notarios de España, han optado por reducir significativamente los trámites y gestiones a realizar desde sus Despachos, limitándolos únicamente a aquellos considerados como “urgentes” y previa cita otorgada por el Notario. De hecho, hemos tenido conocimiento que muchas de las Notarías que estaban trabajando bajo este esquema, han decidido por cerrar sus puertas hasta nuevo aviso.
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De manera que, no siendo éste un trámite considerado como urgente, queda supeditado al restablecimiento de las condiciones de normalidad requeridas para proceder a la firma del Acta.
La prueba Cervantes, el DELE y las partidas de nacimiento
Otro de los impactos producidos por el Covid-19 sobre la tramitación de la nacionalidad española por origen sefardí, está referido a la prueba de CCSE administrada por el Instituto Cervantes, ya que todas las pruebas de CCSE correspondientes a los meses de marzo y abril han sido suspendidas en todos los países del mundo donde el Instituto Cervantes tiene sede y reprogramadas para los meses de mayo y junio, o para una nueva fecha seleccionada por el aplicante.
Lo mismo sucede con los exámenes DELE de los meses de abril y mayo, que quedarán sujetos a nuevas fechas.
Otra de las consecuencias será sobre la obtención de documentos personales como partidas de nacimiento y antecedentes penales con sus respectivas apostillas, cuya gestión muy seguramente tendrá que suspenderse al tratarse de trámites presenciales en la mayoría de países de Latinoamérica.
Se alarga el tiempo de respuesta
Sin embargo, recordamos que la ley que otorga la posibilidad de obtener la nacionalidad portuguesa también por origen sefardí no tiene fecha de vencimiento y permite realizar el trámite sin necesidad de desplazamiento físico, tal y como hemos comentado en artículos anteriores.
Un aspecto inquietante para muchas personas, es cuánto pueda impactar esta situación sobre el tiempo de respuesta a las solicitudes realizadas antes del Real Decreto de Estado de Alarma. Pues bien, antes de toda esta situación el tiempo de respuesta por parte del Ministerio de Justicia era de aproximadamente 24 meses. Con la actual crisis sanitaria mundial, este tiempo será aún mayor. No obstante, aún es muy pronto para saber a ciencia cierta cuál será el tiempo adicional de respuesta por parte de las autoridades competentes.
Algunas personas pueden también caer en la tentación de pensar que como consecuencia del Covid-19, se tomará la decisión de “reabrir” la posibilidad de crear nuevas solicitudes en la plataforma del Ministerio de Justicia o que se dictará una nueva Ley que permita realizar la solicitud de la nacionalidad española por origen sefardí.
Sobre este particular, debemos decir con responsabilidad que ninguno de los dos planteamientos pareciese ser una opción real. En primer lugar, porque la Ley venció el pasado 1º de octubre y la plataforma del Ministerio de Justicia está configurada de manera tal que sólo aquellas solicitudes realizadas antes de la referida fecha, pueden ser gestionadas de manera satisfactoria y, en segundo lugar, porque una nueva Ley no pareciera ser una prioridad en este momento.
La ventaja de la vía portuguesa
Sin embargo, recordamos que la ley que otorga la posibilidad de obtener la nacionalidad portuguesa también por origen sefardí no tiene fecha de vencimiento y permite realizar el trámite sin necesidad de desplazamiento físico, tal y como hemos comentado en artículos anteriores.
Por último, pero no menos importante, debemos mencionar que hasta la presente fecha no ha habido un pronunciamiento oficial por parte de la Dirección General de Registros y del Notariado que prorrogue formalmente el lapso para firmar ante Notario el Acta de Notoriedad.
No obstante, es muy probable que el Gobierno de España esté considerando tomar las medidas necesarias que permitan compensar el tiempo que dure la suspensión de actividades normales como consecuencia del estado de alarma decretado, razón por la cual los invitamos a estar pendientes de nuestras próximas publicaciones, visitar nuestra página web www.goygentile.com y/o contactarnos por cualquiera de nuestras redes sociales.