María Rodríguez (ALN).- Organismos internacionales se ponen manos a la obra para revisar el indulto al exmandatario peruano Alberto Fujimori. La Corte Interamericana de Derechos Humanos supervisará el cumplimiento de las sentencias dictadas. Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos -vinculada a la OEA- detalla los puntos por los que rechaza este perdón presidencial, entre ellos que “el derecho internacional prohíbe la aplicación de indultos a culpables de crímenes de lesa humanidad”.
El controvertido indulto humanitario concedido por el presidente peruano, Pedro Pablo Kuzcynski, al exmandatario Alberto Fujimori ha agudizado la crisis política en el país. El Gobierno hace aguas y ya prepara un nuevo Gabinete ministerial, el de la “reconciliación”, para principios de enero. Mientras tanto, surgen voces autorizadas que cuestionan este perdón presidencial. La última en pronunciarse ha sido la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) al convocar a las partes implicadas en el indulto a una audiencia extraordinaria para el próximo 2 de febrero.
El objetivo de esta audiencia es supervisar el cumplimiento de la sentencia en dos casos abiertos, los de las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta, por los que Fujimori cumplía una condena de 25 años de cárcel, tal como informó a la agencia EFE la abogada Gloria Cano, directora de la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh), una de las organizaciones civiles que representan a los familiares de las víctimas.
La CIDH califica el indulto a Fujimori como “una decisión contraria a las obligaciones internacionales del Estado de Perú”
Cano precisó a EFE que los convocados por la Corte IDH son el Estado peruano, organismos representantes de los familiares, como Aprodeh, y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) perteneciente a la Organización de los Estados Americanos (OEA).
Precisamente la CIDH expresó este jueves su rechazo al indulto a Fujimori a través de un comunicado. “Se trata de una decisión contraria a las obligaciones internacionales del Estado de Perú”, apuntó, para después hacer un llamamiento a que “se adopten las medidas necesarias para restablecer los derechos de las víctimas afectados con esta decisión”.
La Comisión también afirma en el comunicado que el perdón presidencial “es una potestad constitucional discrecional del presidente de la República, pero debe estar regida por principios constitucionales y normas internacionales de derechos humanos”. En este sentido, la CIDH expresa su preocupación ya que “el indulto a Alberto Fujimori no cumple con requisitos legales fundamentales, como tampoco con elementos del debido proceso legal e independencia y transparencia de la junta de evaluación técnica”, matiza.
Según la CIDH, la participación del médico particular de Fujimori en la junta médica que realizó el informe que aconsejaba el indulto “viola flagrantemente el requisito de independencia y objetividad de esta junta”. También recuerda que “el indulto otorga un perdón de las penas, que es algo distinto a la atención medica que pueda requerir y recibir el condenado”.
Por otro lado, la CIDH apunta que “la decisión también desconoce el principio de la proporcionalidad entre el perdón de la pena y la gravedad de los delitos de lesa humanidad”, por los que fue condenado Fujimori. En este sentido, subraya “que el derecho internacional sobre los derechos humanos prohíbe la aplicación de amnistías, indultos y otros excluyentes de responsabilidad a personas que han sido encontradas culpables de crímenes de lesa humanidad”.
La Corte IDH convoca a las partes implicadas en el indulto a una audiencia extraordinaria para el 2 de febrero
Por último, la CIDH se reserva la posibilidad de convocar de oficio una audiencia en febrero durante el Periodo de Sesiones de la Comisión para tratar el caso. “Perú siempre fue considerado una referencia internacional en la lucha contra la impunidad para los graves crímenes contra los derechos humanos y las circunstancias exigen una nueva evaluación”, zanjó el organismo.
Indultos presidenciales suspendidos: el caso brasileño
No sería la primera vez que un perdón presidencial se revirtiese. El caso más reciente viene de Brasil, aunque por otro tipo de delitos, vinculados con la corrupción. La presidenta del Tribunal Supremo Federal brasileño (TSF), Cármen Lúcia, anunció este jueves la suspensión de un indulto presidencial de Navidad del presidente Michel Temer. Este decreto del mandatario podría haber dejado en libertad a políticos y empresarios condenados por la megacausa de corrupción Lava Jato, de la que derivó el escándalo Odebrecht, según recoge el diario peruano El Comercio.
Lúcia sostuvo que el decreto aprobado por el mandatario “da concreción a la situación de impunidad, en especial a los denominados ‘crímenes de guante blanco’”, tal como informó el diario brasileño O Globo y recoge Notimérica.
Asimismo, la presidenta del TSF indicó que el decreto de Temer “no tiene fundamento jurídico válido”, criticando además que contradice “la naturaleza humanitaria del indulto” y remarcó: “El indulto no es ni puede ser instrumento de impunidad”.