Antonio José Chinchetru (ALN).- Una hipotética independencia de Cataluña afectaría la nacionalidad de origen y española que pudieran tener los inmigrantes que optaran por obtener el pasaporte español. Algunos podrían disponer de doble ciudadanía, pero otros tan sólo serían catalanes. Cada país es diferente en esta cuestión.
Según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) español, sólo entre 2013 y 2016 han adquirido la nacionalidad española 80.00 inmigrantes procedentes de América Latina y el Caribe residentes en Cataluña. Es imposible conocer cuántos habitantes de esa comunidad autónoma disponen de la doble nacionalidad con sus países de origen, puesto que hay quienes la adquirieron con anterioridad tanto en España como en sus lugares de nacimiento. En cualquier caso, a todos ellos podría afectar en su estatus personal la proclamación de una hipotética república catalana independiente.
Gabriel Fernández, concejal de Esquerra Republicana de Catalunya en Sabadell (Barcelona) nacido en Uruguay, escribía en septiembre de 2015 una ‘carta abierta’ a unos supuestos 400.000 ‘latino-catalanes’. La misiva ha vuelto a ser publicada en fechas recientes por diversos medios, como el independentista Naciodigital, por lo que ha vuelto a la actualidad. En ella, el político hispano-uruguayo asegura que si se produce la independencia aquellos inmigrantes con doble nacionalidad pasarían a tenerla triple: la de origen, la española y la catalana. Sin embargo, la cuestión no es tan simple.
Brasileños, costarricenses, cubanos y nicaragüenses que optaran por la nacionalidad catalana perderían la suya original
Según prevé la Ley de Transitoriedad Jurídica, que previsiblemente sea suspendida por el Tribunal Constitucional este martes, no todos los residentes en Cataluña obtendrían la nacionalidad catalana desde el momento de la hipotética independencia. Lo harían tan sólo aquellos que tienen la española, que teóricamente se conservaría, y están empadronados en un municipio de la región al menos desde el 31 de diciembre de 2016. Esto incluiría a los inmigrantes, entre ellos los latinoamericanos, con doble nacionalidad. Sin embargo, la normativa internacional al respecto resulta más compleja.
Mantenimiento y pérdida de nacionalidades
La norma general en Derecho Internacional es que cuando una persona adquiere la condición de nacional de un país pierde la que tenía en origen a no ser que exista un convenio de doble nacionalidad (como los vigentes entre España y todos los Estados latinoamericanos y de parte del Caribe). Existen, sin embargo, excepciones.
Numerosos Estados no retiran la nacionalidad a sus ciudadanos que obtienen una nueva, si bien estos últimos no gozan de todas las garantías jurídicas que sí se tienen en caso de doble nacionalidad. Esto ocurre en gran parte de las repúblicas de América y el Caribe. En concreto, se hace así en Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
Los oriundos de esos países que poseen pasaporte español podrían adquirir la nacionalidad catalana de forma inmediata sin peligro de perder la de origen. Eso sí, en virtud tanto del derecho internacional como de la legislación española, dejarían de tener la de España.
Hay cuatro países en Latinoamérica y el Caribe de habla española que estipulan la pérdida inmediata de la nacionalidad al adquirir la de otro Estado con el que no existe un convenio que lo impida. Se trata de Brasil, Costa Rica, Cuba y Nicaragua. Los brasileños, costarricenses, cubanos y nicaragüenses con pasaporte español que optaran por la nacionalidad catalana perderían la suya original de forma inmediata y también la española.
Un caso diferente es el de los puertorriqueños, que son ciudadanos de Estados Unidos. Este país retira la ciudadanía a quienes adquieren otra y no dispone de acuerdo de doble nacionalidad con España. Por este motivo, al menos en teoría, ningún oriundo de la isla caribeña que viva en Cataluña y esté naturalizado español tendrá que tomar una decisión que afecte a su pasaporte originario.
Pérdida de la nacionalidad española
La nacionalidad que casi con total seguridad se perdería en todos los casos es la de España
En cualquier caso, la nacionalidad que casi con total seguridad se perdería en todos los casos es la de España. Esto afectaría a todos los que optaran por la nacionalidad catalana, con independencia de que sean españoles de origen o nacionalizados. La resolución 55/153 (del 30 de enero de 2001) de Naciones Unidas, sobre Nacionalidad de las personas naturales en relación con la sucesión de Estados, establece en su artículo 20: “Cuando una parte del territorio de un Estado sea transferida por ese Estado a otro Estado, el Estado sucesor atribuirá su nacionalidad a las personas afectadas que tengan su residencia habitual en el territorio transferido y el Estado predecesor les retirará su nacionalidad, a menos que esas personas hayan indicado otra cosa al ejercer la opción a que tendrán derecho”.
Este último derecho no contempla necesariamente la doble nacionalidad, a no ser que España quisiera que fuera así. La misma norma contempla que “El Estado predecesor podrá establecer que las personas afectadas que, en relación con la sucesión de Estados, adquieran voluntariamente la nacionalidad de un Estado sucesor perderán la nacionalidad del Estado predecesor”. Estas normas serían aplicables en el caso de una hipotética independencia de Cataluña, puesto que la ONU regula que también han de aplicarse en el caso de secesión de un territorio para crear un nuevo país.