María Rodríguez (ALN).- La Corte Internacional de Justicia de La Haya desestimó este lunes uno a uno los alegatos presentados por Bolivia para obligar a Chile a negociar una salida al mar. Desde los acuerdos bilaterales firmados en los últimos 100 años hasta párrafos puntuales de la Carta de Naciones Unidas y de resoluciones de la OEA. Para el tribunal, ningún argumento de los presentados obliga a Chile a negociar.
Bolivia llevó a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya (Países Bajos) ocho alegatos para defender que Chile está obligado a negociar una salida al océano Pacífico. El fallo de la CIJ, leído este lunes, negó uno a uno estos ocho argumentos hasta concluir en contra de la petición de Bolivia por 12 votos a tres (Leer más: Bolivia seguirá sin salida al mar).
Pero el presidente boliviano, Evo Morales, sacó otra lectura del fallo. “Si bien no hay una obligación de negociar, hay una invocación a seguir con el diálogo”, dijo Morales en una comparecencia pública desde La Haya. El abogado español Antonio Remiro Brotons, considerado como ideólogo de la demanda boliviana, se manifestó en la línea de Morales. “La Corte dice que sigue existiendo la posibilidad de negociar al margen de que no haya una obligación legal de hacerlo”, afirmó Remiro a la salida de la CIJ, según recogió la prensa boliviana. Y añadió: “Chile no puede utilizar esta sentencia para indicar que no se hable más del enclaustramiento [de Bolivia]” (Leer más: Bolivia “nunca va a renunciar” a la salida al mar pese al fallo de La Haya).
En el lado chileno, el presidente Sebastián Piñera siguió el fallo desde el Palacio presidencial de La Moneda (Santiago de Chile), junto al ministro de Exteriores, Roberto Ampuero. En una rueda de prensa tras la lectura del fallo afirmó que la CIJ “puso sus cosas en el lugar donde siempre debieron haber estado” y concluyó con un “viva Chile”. ¿Qué ocurrirá si -como ya se constata en las declaraciones- Bolivia insiste en su salida al mar por otras vías? “No hay nada que conversar. De lo contrario tendrá las puertas abiertas”, subrayó Piñera.
Ampuero, por su parte, agradeció en Twitter “en este momento histórico” la unidad del pueblo chileno, el trabajo de la delegación ante La Haya y de toda la Cancillería, el respaldo de los expresidentes del país y de los partidos políticos. “Nuestro país en su conjunto y su política exterior salen hoy fortalecidos”, constató y añadió que el tribunal les dio la razón “de forma contundente”.
En este momento histórico, debemos agradecer: la unidad del pueblo chileno, el trabajo del equipo ante #LaHaya y de toda la Cancillería, el respaldo de los ex Presidentes, de los partidos políticos. Nuestro país en su conjunto y su política exterior salen hoy fortalecidas. https://t.co/F315hcoyV9
— Roberto Ampuero (@robertoampuero) 1 octobre 2018
Tras la victoria chilena, la prensa del país hace balance y publica que el juicio en La Haya (iniciado con una demanda de Bolivia en 2013) le costó a Chile 24 millones de dólares. De momento se desconoce cuántos millones invirtió Bolivia para finalmente salir derrotado.
Estos son los ocho alegatos de Bolivia tumbados por el tribunal de La Haya.
1 Los acuerdos bilaterales
Bolivia alegó ante la CIJ la existencia de múltiples acuerdos bilaterales que imponían a Chile la obligación de negociar el acceso soberano al mar. Son estos:
– Acta Protocolizada: un acta de una reunión entre el ministro boliviano de Asuntos Exteriores (Carlos Gutiérrez) y el ministro plenipotenciario de Chile (Emilio Bello Codesido) en 1920.
– Notas diplomáticas entre ambos países de 1950.
– Un memorándum de 1961 del embajador de Chile en Bolivia (Manuel Trucco).
– Una declaración firmada en Charaña (Bolivia) por el presidente boliviano (Hugo Banzer) y el chileno (Augusto Pinochet) en 1975.
– Comunicados emitidos por los ministros de Asuntos Exteriores de Bolivia (Guillermo Bedregal) y Chile (Jaime del Valle) en 1986.
– La Declaración Algarve: una declaración conjunta de los ministros de Asuntos Exteriores de Bolivia (Javier Murillo) y Chile (Soledad Alvear) en 2000.
– La agenda de 13 puntos: un documento establecido en la reunión de un grupo de trabajo bilateral en 2006.
La Corte concluyó que ninguno de estos acuerdos invocados por Bolivia establecía una obligación a Chile para negociar el acceso al mar.
2. Declaraciones de Chile
Bolivia también argumentó que distintas declaraciones de los gobiernos de Chile habían creado esa obligación de negociar. Por ejemplo, Chile declaró que tenía la intención de “asegurar que Bolivia obtenga una salida al mar” y de “escuchar cualquier propuesta de Bolivia para poner fin al aislamiento de esta”.
En otra ocasión, el Gobierno afirmó que “siempre dijo que [tenía la intención] de examinar, en negociaciones francas y amistosas con [su] hermano país, los obstáculos que limitan el desarrollo de Bolivia debido a su aislamiento”.
Según concluyó el tribunal, ninguna declaración de Chile ha establecido la obligación de negociar la petición de Bolivia.
3. Consentimiento
Según Bolivia, Chile aceptó la negociación del acceso soberano al océano Pacífico. No lo ve así la Corte. Esta argumenta que Bolivia no mencionó ninguna declaración en la que Chile respondiese afirmativamente a esa negociación. Por lo tanto, “la abstención no puede considerarse como la base de una obligación”, puntualiza el fallo.
4. Impedimento
Bolivia también apeló al principio de “estoppel” o impedimento, que se refiere a tomar posiciones con base en los compromisos adquiridos por otro. En este sentido, la Corte insistió en que, si bien Chile hizo afirmaciones sobre la disposición a negociar, estas no indican la obligación de hacerlo.
5. Las expectativas legítimas
Según Bolivia, los contactos con Chile le generaron “expectativas legítimas” para una negociación. La Corte explicó que este alegato sería válido si se tratara de un juicio entre un inversor privado y un Estado, pero nunca en un proceso judicial entre dos Estados.
6. La Carta de Naciones Unidas
Bolivia mencionó los artículos 2 y 3 de la Carta de las Naciones Unidas como argumentos a su favor. En estos artículos se habla de la resolución de controversias internacionales por medios pacíficos, donde la seguridad, la paz y la justicia internacional no se pongan en peligro.
Según Bolivia, los contactos con Chile le generaron “expectativas legítimas” para una negociación
Para la Corte, esto no impone a Chile la obligación de negociar con Bolivia, por lo que desestimó también este alegato.
7. Resoluciones de la Asamblea General de la OEA
Bolivia alegó que 11 resoluciones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos abordaron la disputa marítima y confirmaron el compromiso de Chile de negociar sobre este tema.
Según recoge la Corte, estos textos “simplemente” recomiendan a los dos países comprometerse en unas negociaciones, pero recuerda que las resoluciones de la OEA “no son vinculantes” y “no pueden ser una fuente de obligación internacional”.
8. La suma de todos los alegatos anteriores
Finalmente, Bolivia argumentó que incluso si ninguno de los alegatos anteriores obligaba a la negociación, sí lo haría la suma de todos ellos. La Corte, en cambio, al tumbar los argumentos anteriores, desestimó también este último.