Redacción (ALN).- El conductor venezolano, Deivis Agüero, agredido verbal y físicamente por una pasajera en Santiago de Chile el pasado, 13 de noviembre, presentó ante la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) una denuncia contra su agresora ya que aseguró que «temió por su vida».
Según lo reseñado por el medio El Pitazo, la denuncia presentada por Agüero se sustenta en la Ley N° 20.609, más conocida como la ley Zamudio, que protege a los migrantes contra la discriminación arbitraria en Chile.
¿Cómo una víctima puede poner en marcha los mecanismos legales establecidos en esta ley?
“Lo primero que tiene que hacer es no responder violentamente a la acción, lo que no significa que si hay una agresión física no deba ejercer el derecho a la legítima defensa; lo puede hacer con igualdad de medios, como señala la ley, pero evite, en lo posible, cualquier tipo de confrontación”, recomendó el abogado Julio Azara Hernández, quién fue consultado por El Pitazo.
El siguiente paso, prosigue Azara Hernández, es documentar la situación. “Es decir, grabar en video, si es posible, la situación, tomar nota de los nombres de los testigos que puedan haber presenciado el acto o el hecho”.
Si la persona afectada está imposibilitada de presentar la denuncia, puede hacerlo su abogado o representante legal.
En caso de que el tribunal determine que ha existido discriminación arbitraria, aplicará una multa de 5 a 50 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) al responsable del acto discriminatorio.
De un acto discriminatorio a un delito motivado por discriminación
“Entonces, es importante hacer esas dos diferenciaciones, porque las vías, si bien es cierto, pueden ser similares, porque la denuncia ante carabineros o PDI es el mecanismo para activar la jurisdicción, también es importante señalar que los caminos van a separarse rápidamente si se trata de un hecho que constituye delito o se trata de un hecho que simplemente es un acto discriminatorio”, aclaró el abogado Julio Azara Hernández.
“Incluso, dependiendo de la situación o nivel de daño que se pudiera ocasionar, podría producirse un daño psicológico o a la honra y reputación de una persona por un acto discriminatorio. Y esto, evidentemente, también sería evaluable desde el punto de vista de lo que es una indemnización”, expresó.