Redacción (ALN).- Por la agresión física y amenazar de muerte a una compañera de clases, el Ministerio Público imputó a dos adolescentes de 15 años de edad, este lunes, 27 de enero. La víctima, de 13 años, es estudiante del colegio Juan Escalona ubicado en el municipio El Hatillo.
A las jóvenes las señalaron por la comisión de los delitos de “homicidio preterintencional en grado de frustración, violencia y agavillamiento”. A través de la Fiscalía 117 del Área Metropolitana de Caracas, el Ministerio Público solicitó una medida privativa de libertad, con la Entidad de Atención José Gregorio Hernández, en Antímano, como centro de reclusión.
El Ministerio Público apuntó que, luego de que etiquetaran al fiscal general, Tarek William Saab, en el vídeo que circuló en redes sociales, en el que se veía a las jóvenes que acorralaban, golpeaban y amenazaban a la víctima, procedieron las investigaciones.
Además, identificaron a otras tres adolescentes por su presunta complicidad en el hecho. A todas las atendieron en el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del municipio El Hatillo.
Les impusieron medidas de no acercamiento a la víctima, intimación a los padres a ejercer responsabilidades de crianza y cuido, y tratamiento y abordaje psicológico de orientación familiar.
Es bullying o acoso escolar es un comportamiento agresivo intencional, y repetido a lo largo del tiempo, que busca dañar física, psicológica o verbalmente a otra persona.
La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) sostiene que la violencia en las escuelas afecta de manera desproporcionada a ciertos grupos. Según el registro de la Unesco, las principales víctimas son niñas y adolescentes.
Violencia invisibilizada
El bullying es una forma de violencia que carece de definición y reconocimiento legal. Aunque esta no sea una solución definitiva al problema, Carlos Trapani, y coordinador general de Cecodap, considera que este paso sería parte de la intervención y prevención del acoso escolar.
“Es una forma de violencia invisibilizada. Al darle reconocimiento legal lo que te va a permitir es darle visibilidad y que todos los actores educativos tengan claro, cada vez que este hecho ocurre, cuál es mi responsabilidad en función al acoso, y en función a eso qué hacer para prevenirlo”, dijo Trapani.
El 21 de abril de 2022 se aprobó en primera discusión el Proyecto de Ley Convivencia Pacífica Escolar. El coordinador de Cecodap alegó que esa propuesta “quedó engavetada” y que el acoso escolar no es una prioridad legislativa en el país.
Argumentó que solo existen “respuestas reactivas” ante un caso de bullying o una situación coyuntural que hace visible el tema, y no precisamente porque se tenga una estrategia sostenida para abordar el acoso escolar.
“El énfasis de la Loppna, y eso aplica para el acoso y para cualquier otro hecho de violencia, no se trata de atender la vulneración, es evitarla. No es solo atender al niño víctima, sino evitar que el niño sea víctima”.
¿A dónde acudir en caso de que un niño, niña o adolescente sea víctima de bullying o acoso escolar?
Cuando las instituciones educativas no resuelven un caso de acoso escolar y escala a actos de violencia mayor, los padres o representantes de niños, niñas o adolescentes víctimas pueden denunciar los hechos en al menos cuatro instancias.
- El Consejo de Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes: cuando se presuma que el daño o lesión es un hecho punible que ejecutó un niño, niña o adolescente menor de 14 años de edad.
Este organismo se encarga de dictar medidas de protección y denunciar el caso ante el Ministerio Público.
- Ministerio Público: cuando los daños o las lesiones las cometan adolescentes entre los 14 y 17 años de edad
Esta institución se encarga de dirigir las investigaciones a favor y en contra del adolescente sospechoso de cometer un delito. Además, es el que ejerce la acción penal pública.
- Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes: aplica para cualquiera de los casos mencionados anteriormente. En esta entidad podrán orientar y asesorar a quienes realizan la denuncia.
- Autoridades policiales: en caso de que el niño, niña o adolescente se consiga en la comisión de un hecho punible en flagrancia. Estas deberán ponerlo a disposición del Ministerio Público. En caso de ser un adolescente mayor de 14 años, se presentará ante un Juez de Control en las siguientes 24 horas. En caso contrario, si es menor de 14 años, debe ponerse a la orden de Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Conforme con la ley, a partir de los 14 años de edad los adolescentes deben responder penalmente en caso de cometer algún delito. Si el adolescente es menor de 14 años, solo se le aplicarán medidas de protección.
Tomado de Crónica Uno.
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