Redacción (ALN).- Los bancos de Colombia podrán redefinir las condiciones de los morosos. Es una medida del Gobierno para facilitar el cumplimiento de las deudas y evitar que entren en procesos de reestructuración.
En Colombia los bancos podrán redefinir las condiciones de los créditos de los clientes morosos. “La circular empieza a regir a partir del próximo 31 de octubre, fecha en la que se espera que los deudores puedan acercarse a su entidad financiera para tramitar la modificación de sus créditos y espacio para que las entidades puedan determinar los requisitos y condiciones a acordar”, explicó Mauricio Cárdenas, ministro de Hacienda y Crédito Público, en un comunicado oficial del que se hizo eco la agencia EFE. Este documento explica que la medida aplica “un estándar internacional (típico de la Unión Europea) con el que se facilita el cumplimiento de sus deudas a quienes han visto afectada su capacidad de pago”. Para el ministro la resolución es “innovadora” porque evita que los morosos entren en procesos de reestructuración de deuda. El gobierno prevé que la medida beneficie a 594.000 créditos que están en mora y se aplicará para productos comerciales o de vivienda que no superen los 90 días de demora y de consumo o microcréditos con retraso inferior a 60 días. “Si el deudor ya incurrió en mora y ésta fue reportada a las centrales de riesgo, su reporte permanecerá en los tiempos determinados por la ley. Su historial no será borrado”, afirmó Jorge Castaño, funcionario de la Superintendencia de Colombia. De los créditos que serían beneficiados 21.507 son comerciales y 44.472 de vivienda, mientras que podrían estar afectados también por la decisión unos 347.000 créditos de consumo y cerca de 180.000 microcréditos.